Decreto Legislativo 1/2013 ст. 26
CAPÍTULO VI
Artículo 26. Recursos.
Según lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica de Universidades, los acuerdos del Consejo Social agotan la vía administrativa siendo directamente impugnables ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.