Decreto Legislativo 1/2025 ст. 71
CAPÍTULO II
Artículo 71. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de esta tasa las personas solicitantes de los referidos certificados y sus duplicados.
CAPÍTULO II
Artículo 71. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de esta tasa las personas solicitantes de los referidos certificados y sus duplicados.