Real Decreto 265/2025 ст. 11
Sección 3
Artículo 11. Desarrollo de las sesiones.
Las sesiones se desarrollarán conforme a las normas de funcionamiento que acuerde el Consejo, y se ajustará al orden del día de la convocatoria, sin que pueda ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en él, salvo que estén presentes todas las personas que integran el Consejo y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.