Ley 12/2001 ст. 161
CAPÍTULO XXXIV
Artículo 161. Cuotas.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
a) Adjudicación o renovación de la titularidad de concesiones del servicio público de televisión digital terrenal local: 6.000 euros.
b) Autorización de la modificación en la titularidad del capital o su ampliación: 420 euros.
c) Por cada dato certificado: 60 euros.