Ley 9/1987 ст. 4
CAPITULO II
Artículo 4.
Los órganos específicos de representación de los funcionarios públicos son los Delegados de Personal y las Juntas de Personal.
CAPITULO II
Artículo 4.
Los órganos específicos de representación de los funcionarios públicos son los Delegados de Personal y las Juntas de Personal.