Decreto-ley 6/2020 ст. 7
Sección 2
Artículo 7. Notificación de las resoluciones.
Con carácter excepcional, la notificación de las resoluciones se realizará de forma conjunta a través de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Ello sin perjuicio de que, cuando sea posible, se realice la misma mediante los medios ordinarios.