Decreto Legislativo 2/2013 ст. 35
TÍTULO IV
Artículo 35. Titularidad.
La UNIA asumirá la titularidad de los bienes de dominio público afectados al cumplimiento de sus funciones y de los que en el futuro destine a estos fines el Estado o la Junta de Andalucía, a excepción de los integrados en el Patrimonio Histórico Artístico del Estado.