Decreto Legislativo 1/2013 ст. 63
Sección 1
Artículo 63. La investigación universitaria en el sistema de ciencia-tecnología de Andalucía.
Con el fin de garantizar la coordinación de la actividad universitaria con el resto del sistema de ciencia y tecnología andaluz, las Universidades andaluzas podrán participar en los órganos de coordinación que la Comunidad Autónoma de Andalucía cree, de acuerdo con la composición y funciones que se establezcan.