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Real Decreto 101/2025 · Real Decreto 101/2025, de 18 de febrero, por el que se establece el título de especialista en Laboratorio Clínico y se suprimen los títulos de especialista en Ciencias de la Salud en Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica.

Real Decreto 101/2025 ст. 4

ДействуетОфициальный текст

Artículo 4. Programa formativo y unidades docentes.

1. El programa formativo de la especialidad de Laboratorio Clínico se elaborará conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

2. La formación en la especialidad de Laboratorio Clínico tendrá una duración mínima de cuatro años y se realizará dentro de la relación laboral especial de residencia.

3. La formación de la especialidad de Laboratorio Clínico se realizará en las unidades docentes acreditadas de Laboratorio Clínico, según lo previsto en el capítulo II del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.