Acuerdo de 20 de noviembre de 2025 ст. 83
CAPÍTULO VII
Artículo 83. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
1. La responsabilidad disciplinaria se extingue por alguna de las siguientes causas:
a) Fallecimiento.
b) Cumplimiento de la sanción.
c) Prescripción de la falta o sanción.
d) Pérdida de la condición de personal funcionario, si bien esto no supondrá la extinción de la posible responsabilidad civil, penal o patrimonial por actos cometidos con anterioridad a la pérdida de dicha condición.