Ley 5/2024 ст. 5
CAPÍTULO II
Artículo 5. Autoconsumo sin excedentes.
El autoconsumo sin excedentes a través de líneas directas e instalaciones próximas de red interior se regirá por lo establecido en la normativa básica estatal y en esta ley.
CAPÍTULO II
Artículo 5. Autoconsumo sin excedentes.
El autoconsumo sin excedentes a través de líneas directas e instalaciones próximas de red interior se regirá por lo establecido en la normativa básica estatal y en esta ley.