Ley 5/2024 ст. 33
CAPÍTULO IV
Artículo 33. Régimen de acceso y conexión y contribución al sistema eléctrico.
El régimen jurídico y técnico de conexión a la red de transporte o distribución, la determinación de los peajes y cargos del sistema aplicables y la exigencia y requisitos de equipos de medida en sus puntos frontera o en su interior serán en todo caso los establecidos en la normativa básica estatal.