Ley 10/2021 ст. 90
CAPÍTULO III
Artículo 90. Sujetos pasivos.
Serán sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades sin personalidad jurídica a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten la tramitación de las autorizaciones que constituyen el hecho imponible, o aquellas a favor de las cuales se tramiten los procedimientos.