Ley 10/2021 ст. 89
CAPÍTULO III
Artículo 89. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación de los expedientes de autorización administrativa de centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como de los almacenes de distribución de medicamentos, por la Consejería competente en materia de salud.