Decreto-ley 8/2020 ст. 76
TÍTULO II
Artículo 76. Incumplimientos.
1. Se procederá a la revocación de la subvención y el reintegro de las cantidades percibidas en los casos y términos previstos en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Tendrán la consideración de infracción y serán sancionables las conductas a que se refiere el artículo 57 y siguientes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los términos establecidos en la misma.