Real Decreto 776/2020 ст. 23
Sección 1
Artículo 23. Delegaciones territoriales.
La Junta de Gobierno podrá organizar Delegaciones de ámbito territorial, que ejercerán funciones delegadas de la Junta de Gobierno.
Sección 1
Artículo 23. Delegaciones territoriales.
La Junta de Gobierno podrá organizar Delegaciones de ámbito territorial, que ejercerán funciones delegadas de la Junta de Gobierno.