Real Decreto 312/2019 ст. 36
Sección 2
Artículo 36. Licencias o permisos para asistir al Centro de Estudios Jurídicos.
La asistencia a cursos o actividades de formación continuada o de especialización en el Centro de Estudios Jurídicos estará sujeta a la obtención de la oportuna licencia, comisión de servicios o permiso del órgano competente con sujeción al régimen en cada caso aplicable.