Ley 9/2012 ст. 46
Sección 2
Artículo 46. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la realización de ensayos y análisis de suelos y de materiales por los laboratorios dependientes de la consejería competente en materia de fomento necesarios para la redacción de proyectos o para garantizar la calidad de las obras ejecutadas bajo su inspección o vigilancia.