Ley 13/2010 · Ley 13/2010, de 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia.
Ley 13/2010 ст. 85
CAPÍTULO VI
Artículo 85. Comunicación previa.
La actividad de venta en subasta pública deberá ser comunicada previamente al ayuntamiento en cuyo ámbito territorial va a ser celebrada.
En el caso de empresas que se dediquen con carácter permanente a esta actividad, la autorización se concederá por una sola vez y con carácter temporal ilimitado, sin perjuicio de la oportuna revocación de la misma por incumplimiento de las condiciones requeridas y, en cualquier caso, previo oportuno expediente administrativo.