Ley 4/2007 · Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales.
Ley 4/2007 ст. 37
CAPÍTULO I
Artículo 37. Acceso a la categoría de oficial.
El acceso a la categoría de oficial se realizará:
a) Por promoción interna, mediante concurso-oposición, entre el personal del cuerpo que tenga un mínimo de tres años de antigüedad en la categoría de policía y esté en posesión de la titulación académica de acceso a la categoría.
b) (Sin contenido).
c) De no cubrirse la plaza o plazas a través de la convocatoria establecida en la letra a) de este artículo y de no cubrirse mediante el procedimiento de provisión previsto en el artículo 43, podrán ser cubiertas, mediante concurso-oposición, por personal funcionario de otros cuerpos de policía local de Galicia con la categoría de policía, en posesión de la titulación académica de acceso y una antigüedad de cinco años en la categoría.
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