Ley 9/2007 ст. 17
CAPÍTULO IV
Artículo 17. Gabinetes de apoyo a los servicios policiales.
El Gobierno de Canarias creará un gabinete jurídico y psicológico de asesoramiento y apoyo a los Cuerpos de Policías Locales de Canarias.
CAPÍTULO IV
Artículo 17. Gabinetes de apoyo a los servicios policiales.
El Gobierno de Canarias creará un gabinete jurídico y psicológico de asesoramiento y apoyo a los Cuerpos de Policías Locales de Canarias.