Ley 16/2003 ст. 40
CAPÍTULO III
Artículo 40. Ayudas escolares.
Para la concesión de ayudas escolares, la Administración educativa habrá de ponderar como factor cualificado la situación de violencia de género en el entorno familiar de los menores y adoptar las medidas necesarias para su integración en la escuela.