Ley 12/2001 ст. 62
CAPÍTULO X
Artículo 62. Reducciones.
En los supuestos en que la tasa derive de cambio de titularidad y esta se haya producido por transmisión mortis causa la cuota sufrirá una reducción del 95 por 100 para los herederos forzosos.
CAPÍTULO X
Artículo 62. Reducciones.
En los supuestos en que la tasa derive de cambio de titularidad y esta se haya producido por transmisión mortis causa la cuota sufrirá una reducción del 95 por 100 para los herederos forzosos.