Ley 12/2001 ст. 217
CAPÍTULO XLVI
Artículo 217. Cuota.
La cuota de la tasa por cada acción formativa para la que se solicita autorización es de 270 euros.
CAPÍTULO XLVI
Artículo 217. Cuota.
La cuota de la tasa por cada acción formativa para la que se solicita autorización es de 270 euros.