Ley 12/2001 ст. 210
CAPÍTULO XLV
Artículo 210. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas titulares de los centros o entidades de formación que presenten la solicitud constitutiva del hecho imponible.
CAPÍTULO XLV
Artículo 210. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas titulares de los centros o entidades de formación que presenten la solicitud constitutiva del hecho imponible.