Ley 8/1997 ст. 16
Sección 3
Artículo 16. Bonificación.
Tendrá una bonificación del 80 por 100 del pago de la cuota las ocupaciones de terrenos para fines no empresariales y que no tengan el carácter de onerosos sin que se consideren como tales las economías familiares o de subsistencias.