Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998 ст. 97
Sección 2
Artículo 97. Sujeto pasivo.
Es sujeto pasivo de la tasa el contratista adjudicatario de la obra.
Sección 2
Artículo 97. Sujeto pasivo.
Es sujeto pasivo de la tasa el contratista adjudicatario de la obra.