Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998 ст. 93
Sección 1
Artículo 93. Sujeto pasivo.
Es la persona física o jurídica y las entidades a que se refiere el artículo 5.2 de esta Ley, a nombre de la cual se solicita la autorización.
Sección 1
Artículo 93. Sujeto pasivo.
Es la persona física o jurídica y las entidades a que se refiere el artículo 5.2 de esta Ley, a nombre de la cual se solicita la autorización.