Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998 ст. 182
CAPÍTULO XI
Artículo 182. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible la prestación de los servicios administrativos inherentes a:
a) El otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual.
b) La autorización de la transmisión, arrendamiento o cualquier otro negocio jurídico que tenga por objeto la licencia para la prestación de servicios de comunicación audiovisual.
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