Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998 ст. 157
Sección 1
Artículo 157. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la formalización del expediente y expedición del diploma de Mediador de Seguros Titulado.
Sección 1
Artículo 157. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa la formalización del expediente y expedición del diploma de Mediador de Seguros Titulado.