Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998 ст. 110
Sección 1
Artículo 110. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible la prestación de los servicios y realización de trabajos en defensa de la conservación y mejora de la ganadería, tanto si son prestados o realizados de oficio como si lo son a instancia del interesado.