Ley Foral 2/1995 · Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.
Ley Foral 2/1995 ст. 205
Sección 1
Artículo 205.
Cuando el objeto de los recursos afecte o haga referencia a la nivelación de los presupuestos de las entidades locales, su resolución deberá ir precedida de un dictamen de la Cámara de Comptos de Navarra, que lo emitirá en el plazo de dos meses conforme a lo dispuesto en su Ley Foral reguladora.