Ley 41/1994 · Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995.
Ley 41/1994 ст. 63
Sección 1
Artículo 63. Escala Conjunta.
Con vigencia exclusiva para el ejercicio 1995, el artículo 91 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, quedará redactado como sigue:
«Uno. En la tributación conjunta la escala de tipos de gravamen aplicable será la siguiente: