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Ley 2/1987 · Ley 2/1987, de 16 de febrero, Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Ley 2/1987 ст. 28

CAPÍTULO V

ДействуетОфициальный текст

Artículo 28.

Las papeletas electorales expresarán las siguientes indicaciones:

a) La denominación, sigla y símbolo del Partido, Federación, Coalición o Agrupación de Electores que presente la candidatura.

b) Los nombres y apellidos de los candidatos y de los suplentes, según su orden de colocación, así como, en su caso, la condición de independiente de los candidatos que concurran con tal carácter o, en caso de coaliciones electorales, la denominación del partido a que pertenezca cada uno si así se ha hecho constar en la presentación de la candidatura.