Decreto Legislativo 1/2002 ст. 11
CAPÍTULO III
Artículo 11. Principios rectores de la actividad económico financiera.
1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha organizará y desarrollará sus sistemas y procedimientos de gestión económico-financiera con sometimiento pleno a la Ley y al derecho y servirá con objetividad a los intereses generales de la región en el marco de su Estatuto de Autonomía.
2. El gasto público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha realizará una asignación equitativa de los recursos públicos. Su programación y ejecución se realizará con objetividad y transparencia y responderá a los principios de eficacia, economía, solidaridad, equilibrio y territorialidad, y a los establecidos en la normativa en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
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