Decreto Legislativo 2/2013 ст. 22
Sección 5
Artículo 22. Funciones.
En particular, son funciones del Director o la Directora de sede:
a) La administración, gestión y dirección de la sede permanente.
b) Velar por el mejor desarrollo de las actividades de la sede.
c) Asumir la dirección del personal de administración y servicios y la gestión económica de la sede por delegación del Rector o la Rectora.