Decreto Legislativo 1/2013 ст. 31
CAPÍTULO VII
Artículo 31. Principios de gestión.
Los servicios académicos, así como los administrativos, económicos y cualesquiera otros que sean precisos para el funcionamiento de las Universidades andaluzas, adecuarán su organización y funcionamiento a los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, así como a los de cooperación y asistencia activa a otras Universidades y Administraciones Públicas.