Real Decreto 68/2026 ст. 41
CAPÍTULO V
Artículo 41. Reconocimiento de la evaluación de la inspección educativa.
La evaluación positiva del ejercicio de la función inspectora podrá conducir a los reconocimientos profesionales que las administraciones educativas determinen, además de considerarse como mérito a tener en cuenta en los procesos vinculados a la carrera profesional.