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Real Decreto 65/2026 · Real Decreto 65/2026, de 3 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas.

Real Decreto 65/2026 ст. 41

CAPÍTULO VII

ДействуетОфициальный текст

Artículo 41. Recursos económicos.

1. Los recursos económicos de la Agencia comprenderán:

a) Las transferencias consignadas en los Presupuestos Generales del Estado.

b) Los ingresos propios que perciba como contraprestación por las actividades que pueda realizar, en virtud de contratos, convenios o disposiciones legales, para otras entidades, públicas o privadas o personas físicas.

c) La enajenación de los bienes y valores que constituyan su patrimonio.

d) El rendimiento procedente de sus bienes y valores.

e) Las aportaciones voluntarias, donaciones, herencias, legados y otras aportaciones a título gratuito de entidades privadas y de particulares.

f) Los ingresos recibidos de personas físicas o jurídicas como consecuencia del patrocinio de actividades o instalaciones.

g) Los demás ingresos de derecho público o privado que esté autorizada a percibir.

h) Cualquier otro recurso que pudiera serle atribuido.

2. El resultado positivo de sus ingresos se destinará por la Agencia a la dotación de sus reservas.