Real Decreto 391/2025 ст. 21
Artículo 21. Infracciones y sanciones.
El incumplimiento de lo establecido en el presente real decreto constituirá infracción administrativa en materia de sanidad o salud pública, y será objeto de sanción administrativa, previa la instrucción del oportuno expediente administrativo, de conformidad con lo previsto en el capítulo VI del título I de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, o el título VI de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.