Real Decreto 352/2025 ст. 26
Sección 1
Artículo 26. Mandato.
Las personas que ostenten la Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría General, Vocalía de Asuntos Económicos y Vocalías de la Comisión Ejecutiva, desempeñarán sus cargos por mandatos de cuatro años, con una limitación de dos mandatos consecutivos.