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Orden INT/210/2025 · Orden INT/210/2025, de 27 de febrero, por la que se regula la formación para el acceso progresivo al permiso de conducción de la clase A.

Orden INT/210/2025 ст. 7

ДействуетОфициальный текст

Artículo 7. Certificado acreditativo de la realización del curso con aprovechamiento.

1. El centro expedirá y entregará a cada alumno que haya superado la formación un certificado, que deberá estar firmado por su director o responsable, acreditativo de que ha realizado el curso con aprovechamiento. Una relación de estos certificados deberá remitirse a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.

En el certificado deberán constar los datos de identificación del centro y del alumno, y en relación a su realización, al menos, los datos del curso, con indicación de las fechas de inicio y finalización del mismo.

2. El certificado de aprovechamiento, que tendrá validez en todo el territorio nacional, permitirá a su titular solicitar la expedición del permiso de conducción de la clase A, conforme a lo previsto en el Reglamento General de Conductores.