Orden DEF/114/2025 ст. 65
TÍTULO VII
Norma 65.ª Recompensas y distintivos del Servicio de Asistencia Religiosa de las Fuerzas Armadas.
1. Los capellanes castrenses del Servicio de Asistencia Religiosa en las Fuerzas Armadas tendrán derecho al uso de las mismas recompensas que el personal militar.
2. Las condecoraciones militares, así como los distintivos de permanencia y de cursos que tengan reconocidos, se ubicarán sobre el uniforme militar en los mismos lugares y en las mismas ocasiones que el personal militar.