Ley 5/2024 · Ley 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
Ley 5/2024 ст. 22
Sección 2
Artículo 22. Potestad sancionadora.
1. La potestad sancionadora en materia tributaria se ejercerá conforme a sus principios reguladores en materia administrativa y las especialidades consideradas en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, siendo de aplicación sus disposiciones generales.
2. La clasificación de las infracciones y sanciones tributarias y el procedimiento sancionador tributario se regirán por lo establecido en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, y en las demás disposiciones que la desarrollen y la complementen.