Real Decreto-ley 1/2025 ст. 4
CAPÍTULO I
Artículo 4. Ayudas directas al transporte terrestre de viajeros.
1. Mediante el presente título se establece un sistema de ayudas directas en el periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025, para la concesión de apoyo financiero a las comunidades autónomas y entidades locales que presten servicio de transporte terrestre colectivo urbano o interurbano, así como a los entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios, creados por normas de rango legal y que presten servicio de transporte público colectivo, que cumplan las condiciones a las que se hace referencia en el artículo siguiente.
2. Mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible se procederá a la convocatoria de estas ayudas, de acuerdo con las bases establecidas en este real decreto-ley.