Ley 15/2023 · Ley 15/2023, de 21 de diciembre, de Empleo.
Ley 15/2023 ст. 28
Sección 1
Artículo 28. Mapa de la Red Vasca de Empleo.
1. El Gobierno Vasco aprobará el mapa de la Red Vasca de Empleo a propuesta del Consejo Vasco de Políticas Públicas de Empleo, que establecerá la estructura territorial óptima de prestación de servicios de empleo y atenderá a la población, a las características demográficas y territoriales, a las ratios máximas de población por profesional, al marco general de equipamientos necesarios, así como a la necesidad de garantizar la mayor proximidad de los servicios a las personas, entidades y empresas usuarias.
2. La elaboración del mapa de la Red Vasca de Empleo tendrá en cuenta los principios de subsidiariedad y complementariedad y evitará duplicidades en la prestación de servicios.
3. Se actualizará periódicamente, como máximo con carácter cuatrienal, y tendrá en cuenta el resultado de las evaluaciones que lleve a cabo el Órgano de evaluación, investigación e innovación de las políticas de empleo e inclusión.