Real Decreto 49/2024 ст. 9
CAPÍTULO II
Artículo 9. Gestión de calidad.
La persona responsable de la gestión de la calidad del centro dependerá directamente de la Dirección y asumirá las siguientes funciones:
a) Impulsar la mejora de la calidad de los servicios prestados en el centro a través de la formación y de la implantación de programas de calidad.
b) Inspeccionar y supervisar la calidad de los servicios y el cumplimiento de los programas implantados.
c) Cualquier otra que pueda serle encomendada y que esté relacionada directamente con su actividad, funcionamiento o competencia.