Ley 1/2024 · Ley 1/2024, de 11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia.
Ley 1/2024 ст. 6
Sección 1
Artículo 6. Atribuciones de la consejería competente en materia de pesca.
La consejería competente en materia de pesca, con respecto a los productos alimenticios de origen marino y acuícola, tendrá las siguientes atribuciones en el ámbito de esta ley:
a) Fomento y mejora de las industrias alimentarias de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura.
b) Fomento de la comercialización de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura.
c) Elaboración, propuesta y desarrollo de las directrices de la política alimentaria referida a los productos de su ámbito.
d) Formación, promoción y fomento del asociacionismo alimentario referido a los productos de su ámbito.
e) Realización de acciones de promoción de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura.
f) Fomento de las figuras de protección de la calidad diferenciada en el sector de la pesca, el marisqueo y la acuicultura.
g) Control oficial del cumplimiento de los pliegos de condiciones de las denominaciones geográficas de calidad de los productos de la pesca, la acuicultura y el marisqueo, antes de la comercialización.