Ley 14/2022 ст. 85
CAPÍTULO III
Artículo 85. Control del ingreso mínimo vital.
Lanbide-Servicio Vasco de Empleo verificará los requisitos y condiciones determinantes del acceso y mantenimiento del derecho a la prestación de ingreso mínimo vital, así como su cuantía, conforme a lo dispuesto en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, o en la norma que la sustituya.