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Ley 9/2023 · Ley 9/2023, de 5 de mayo, de función pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Ley 9/2023 ст. 68

CAPÍTULO III

ДействуетОфициальный текст

Artículo 68. Retribuciones del personal eventual.

1. El personal eventual percibirá el sueldo correspondiente al subgrupo, o grupo de clasificación profesional en el supuesto de que este no tenga subgrupos, al que se asimilen sus funciones y el complemento de puesto de trabajo asignado al puesto reservado a personal eventual que desempeñe.

2. El personal funcionario de carrera que en situación de servicio activo ocupe puestos de trabajo reservados al personal eventual percibirá el sueldo correspondiente a su subgrupo, o grupo de clasificación profesional en el supuesto de que este no tenga subgrupos, los trienios que tenga reconocidos, el complemento de carrera correspondiente al tramo que tenga reconocido y el complemento de puesto de trabajo asignado al puesto reservado a personal eventual que desempeñe.

3. En ningún caso el personal eventual podrá percibir gratificaciones extraordinarias ni incentivos por rendimiento.